ALIMENTOS

Alimentos

La cuota alimentaria es un monto mensual que se establece para que el padre o madre que no convive con sus hijos contribuya económicamente a cubrir los gastos necesarios para el bienestar de los menores en casos de divorcio o separación. Esta cuota abarca los gastos relacionados con la vivienda, alimentación, salud, educación y recreación de los hijos.

Es importante resaltar que las partes involucradas acuerdan la cuota alimentaria y luego debe ser aprobada por un juez. En caso que las partes involucradas no se pongan de acuerdo, es el juez quien determina la cantidad que debe ser pagada. Este tomara en consideración el nivel de vida de los hijos y los ingresos de ambos padres para determinar cuanto puede aportar.

La cuota alimentaria es obligatoria hasta que los hijos alcancen la mayoría de edad. En algunos casos puede extenderse mas allá de la mayoría de edad si los hijos continúan estudiando.

existen diferentes situaciones dependiendo de si el obligado al pago es un empleado dependiente o trabaja por cuenta propia.

Cuando la persona obligada al pago es un empleado dependiente con recibo de sueldo, se acuerda un porcentaje de sus ingresos como base para la cuota alimentaria. Con cada aumento de sueldo que reciba, la cuota se aumenta automáticamente en consecuencia.

En el caso de un alimentante que trabaja por cuenta propia, la cuota alimentaria nunca puede ser inferior al 30% de un salario mínimo vital y móvil. Sin embargo, este porcentaje puede variar según la edad de los menores, ya que las necesidades de un recién nacido pueden diferir de las de un adolescente.

Si el progenitor que convive con los hijos desea que la cuota sea mayor, o si el padre que no convive con los hijos desea reducir la cuota, es necesario realizar un reclamo judicial para solicitar la actualización de la cuota alimentaria. En este caso, se deberá argumentar y justificar el pedido ante el juez encargado del caso.

Nuestros Abogados matriculados se encuentran en condiciones para litigar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Provincia de Buenos Aires, la Provincia De Santa Fe y el fuero Federal.

Para iniciar un trámite por la cuota alimentaria, generalmente se requiere la siguiente documentación:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI): Tanto del solicitante como del progenitor obligado a pagar la cuota alimentaria.
  • Partida de matrimonio o de divorcio: En caso de que haya un matrimonio o divorcio legalmente reconocido entre las partes involucradas.
  • Partidas de nacimiento de los hijos: Para demostrar la relación de parentesco entre los hijos y los progenitores.
  • Información financiera: Declaraciones juradas de ingresos y gastos de ambas partes, incluyendo recibos de sueldo, comprobantes de ingresos, declaraciones de impuestos, entre otros.
  • Pruebas de necesidad: Documentos que respalden las necesidades de los hijos, como facturas médicas, de educación, alimentos, vestimenta, etc.
  • Pruebas de incumplimiento: Si existe un incumplimiento previo de la obligación de pagar la cuota alimentaria, es posible que se requieran pruebas de ello, como correos electrónicos, mensajes de texto, recibos de pagos anteriores, etc.
  • Informes socioambientales o psicosociales: En algunos casos, puede ser necesario presentar informes realizados por profesionales que evalúen la situación familiar y la capacidad económica de los progenitores.

 

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Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no se paga la cuota alimentaria?

Si un padre o madre no cumple con el pago de la cuota alimentaria que fue previamente acordada, es posible reclamar el incumplimiento. 

¿Hasta que edad se paga la cuota alimentaria?

La cuota alimentaria es una obligación que se extiende hasta los 21 años del alimentado. Sin embargo, esta obligación puede extenderse hasta los 25 años si el alimentado demuestra que está estudiando con un certificado de estudios en trámite y no tiene un trabajo registrado a tiempo completo.

¿Qué ocurre si el padre que debe abonar la cuota alimentaria pierde su trabajo?

En estos casos particulares en recomendable que se comuniquen para llegar a un acuerdo de una reducción temporal de la cuota.  

Si entre los padres no logran llegar a un acuerdo, el padre que se quedo sin empleo puede solicitar una modificación de la cuota alimentaria ante el tribunal correspondiente.

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